Plataforma de Operaciones Virtuales de Atención al Ciudadano
Recepcionamos tus documentos sin límite de horario, envíalos desde donde estés.
En este nuevo espacio en línea podrás ingresar a las diferentes operaciones virtuales.
Mesa de Partes Virtual
MESA DE PARTES VIRTUAL
Estimados Administrados, nuestra entidad ha puesto a disposición la plataforma de Mesa de Partes Virtual, mediante el cual esta plataforma tendrá el horario de recepción a sus solicitudes ingresadas por esta mesa de Partes virtual, serán de Lunes a Viernes de 8.00am a 5.00pm. Se precisa que las solicitudes ingresadas después del horario, así como los días Sábados, Domingos y feriados, o días no laborables serán recepcionados al día hábil siguiente. Y así de esta manera brindar un mejor servicio.
Estimados ciudadanos, la Municipalidad Distrital de Paucará pone a disposición la Ventanilla Virtual Tributo, para realizar sus consultas de manera virtual, mediante el cual esta ventanilla tendrá el horario de recepción a sus solicitudes ingresadas por esta mesa de Partes virtual, serán de Lunes a Viernes de 8.00am a 5.30pm. Se precisa que las consultas ingresadas deben ser netamente del Impuesto Predial - Tributos Municipales. Y así de esta manera brindar un mejor servicio.
Estimados ciudadanos, te presentamos el Libro de Reclamaciones Virtual, una herramienta útil para la protección de tus derechos, a través del cual podrá expresar su INSATISFACCIÓN O DISCONFORMIDAD RESPECTO DE LA ATENCIÓN RECIBIDA EN CUALQUIERA DE NUESTRAS ÁREAS DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PAUCARÁ, en el ejercicio de su función administrativa (regulada por el Decreto Supremo N° 042-2011-PCM).
Le informamos que, una vez ingresado el reclamo, el plazo de tramitación del mismo es de 30 días hábiles, según lo dispone el artículo 4º del Decreto Supremo N° 042-2011-PCM.
Estimados ciudadanos, la Municipalidad Distrital de Paucara a través de su canal virtual de denuncias ayuda a luchar contra la corrupción y promover la integridad, la ética y la transparencia.
Ley Nº 29542 Protección al Denunciante
Ponemos en sus manos los alcances de la Ley Nº 29542 de Protección al denunciante en el ámbito administrativo y colaboración eficaz en el ámbito penal.
El objeto de esta norma, su Reglamento aprobado por D.S.Nº038-2011-PCM, es proteger y otorgar beneficios a los funcionarios y servidores públicos, o a cualquier ciudadano, que denuncien en forma sustentada la realización de hechos arbitrarios o ilegales que ocurran en cualquier entidad pública y que puedan ser investigados o sancionados administrativamente. Para los efectos de esta Ley, se consideran hechos arbitrarios o ilegales las acciones u omisiones realizadas por los funcionarios y servidores públicos que contravengan las disposiciones legales vigentes y afecten o pongan en peligro la función o el servicio público.